Bases del Sorteo
3 entradas gratuitas para la Jornada del Talento 2026
1. EMPRESA ORGANIZADORA DEL SORTEO
ISPROX CONSULTING S.L. con NIF B25844127 y con domicilio en C/ Mas d’en Colom, 19, 25300 Tàrrega (Lleida), en adelante ISPROX, organiza el sorteo de ámbito nacional, a desarrollar a través de Internet, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado de condiciones para participar.
2. FECHA DE INICIO Y FECHA DE FINALIZACIÓN
  • El plazo para participar en el sorteo de Instagram es del 13 al 19 de febrero de 2026.
  • El sorteo se iniciará el día 20 de febrero de 2026 y finalizará el mismo día.
3. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y MECÁNICA
Los requisitos de participación serán los siguientes:
  • Haber seguido el perfil de Instagram de @trobadatalent
  • Haber dado "Like" en la publicación del sorteo
  • Haber comentado la publicación del sorteo mencionando como mínimo a 1 usuario de Instagram, con una cuenta real
4. CONDICIONES DEL SORTEO E INCENTIVO
Una vez haya transcurrido el plazo de participación se elegirán de manera aleatoria por medio de la aplicación AppSorteos, el día 20 de febrero de 2026, 3 ganadores y 3 suplentes entre todos los participantes que hayan cumplido con los requisitos establecidos en las presentes bases.

Cada uno de los 3 ganadores será contactado por mensaje privado a través de Instagram y deberá responder en el plazo de 3 días desde la recepción del mensaje para reclamar su entrada. Una vez reclamada, recibirán su entrada gratuita para la Jornada del Talento 2026 a través del mismo canal.

El incentivo entregado no será susceptible de cambios, alteraciones o compensaciones a petición del participante, no pudiendo ser canjeado por cualquier otro producto ni por dinero.

ISPROX se reserva el derecho, si concurre justa causa y previa comunicación en legal forma, de efectuar cualquier cambio, suspender o ampliar esta promoción, así como en caso de obligada necesidad, el derecho de sustituir los premios por otros de similares características.

El incentivo es personal e intransferible y no está autorizada su venta.
5. DESCALIFICACIONES Y PENALIZACIONES
Si se evidenciase que cualquiera de los participantes no cumple con los requisitos exigidos en las Bases, o no se obtuviera respuesta por parte de alguno de los ganadores en el plazo establecido, su participación se considerará nula y quedarán automáticamente excluidos del sorteo perdiendo todo derecho sobre los incentivos otorgados en virtud de este sorteo. El premio del sorteo, en dichos casos, se otorgará al próximo suplente elegible.
6. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
ISPROX no asume la responsabilidad en casos de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran impedir la realización de la promoción o el disfrute total o parcial del premio.
7. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
La empresa responsable de sus datos es ISPROX CONSULTING, S.L., con domicilio en C/ Mas d’en Colom, 19, 25300 Tàrrega (Lleida) y C.I.F.: B25844127

Sus datos serán tratados con la finalidad de comunicarle el resultado del sorteo. La legitimación para el uso de sus datos está basada en la recogida de su consentimiento. No se cederán datos a terceros, salvo obligación legal o autorización expresa prestada por usted. Los datos serán destruidos una vez comunique su baja y/o finalizados los períodos legales de conservación.

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad o limitación del tratamiento. Información adicional en nuestra Política de Privacidad.
8. LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Estas bases legales se regirán de conformidad con la ley española. Serán competentes para resolver cualquier reclamación o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación o cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la ciudad de residencia de los Participantes.